Transferencia de los importes de las subvenciones por gastos electorales

IMPORTANTE: Para que el Ministerio del Interior pueda tramitar las subvenciones por gastos electorales es imprescindible que se comunique a la Junta Electoral competente, o en su momento al Tribunal de Cuentas, para que estos lo pongan en conocimiento de la Dirección General de Política Interior, lo siguiente:

  1. Denominación de la entidad política, indicando si es partido, federación, coalición o Agrupación de electores.

  2. Provincia en la que han obtenido resultados electorales o donde se encuentra la sede central.

  3. Datos identificativos del Administrador (Nombre, Apellidos, Domicilio, Localidad y Provincia), autorizando el consentimiento de verificar sus datos personales a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad o fotocopia de su DNI.

  4. Modelo de designación de cuenta bancaria y comunicación de la baja de datos bancarios del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, en la que se debe reflejar :

    • Los 24 dígitos del código IBAN.
    • El titular de la cuenta bancaria debe ser la formación política, debiendo cumplimentar todos los campos que figuran en el modelo de designación de cuenta bancaria.
    • La denominación de la entidad política a la que representa el citado Administrador.
    • Es absolutamente imprescindible que esté sellado por la entidad financiera.

Esta información se puede remitir directamente a la Dirección General de Política Interior, siempre que se haya comunicado anteriormente a los órganos mencionados arriba.